Gerd Leufert. De la serie Imposibilia, 1968
Legados artísticos
Un legado artístico es un universo. Está compuesto por bienes corpóreos e incorpóreos.
Bienes corpóreos:
Piezas de arte entendidas como objetos (lienzos, papeles, mármol, madera, metales, etc.)
Materiales de Archivo: Objetos personales o de trabajo: libros, diarios, cartas, fotos, objetos de trabajo, etc.
Bienes incorpóreos:
Obras de arte entendidas en su dimensión espiritual: las creaciones en sí mismas, independientes del soporte material en la cual fueron expresadas por el artista.
Derechos:
De Propiedad “Material”
Sobre las piezas de arte, entendidas como objetos. Este derecho permite gestionar el legado a través de:
ventas
préstamos
alquileres
donaciones
De Propiedad Intelectual:
Derechos de Autor.
Derechos de Marcas
Derechos de la Personalidad (nombre, imagen, voz)
A través de estos derechos, se gestiona un legado a través de :
Cesiones
Licencias
Por eso los contratosse configuran como herramientas esenciales en la gestión del arte.
Como abogado, me apasiona acompañar a quienes gestionan legados artísticos y apoyarlos en sus procesos: conocer estos legados, estudiarlos, entenderlos, organizarlos, catalogarlos, conservarlos, exhibirlos, publicarlos, prestarlos, venderlos, donarlos y en resumen: mantenerlo vivo.
Una gestión eficaz, clara y segura de un patrimonio artístico, permite desarrollar al máximo su potencialidad
Gerd Leufert. Upata, 1966