Gerd Leufert. De la serie Imposibilia, 1968

Legados artísticos

Un legado artístico es un universo. Está compuesto por bienes corpóreos e incorpóreos.

Bienes corpóreos:

  • Piezas de arte entendidas como objetos (lienzos, papeles, mármol, madera, metales, etc.)

  • Materiales de Archivo: Objetos personales o de trabajo: libros, diarios, cartas, fotos, objetos de trabajo, etc.

Bienes incorpóreos:

  • Obras de arte entendidas en su dimensión espiritual: las creaciones en sí mismas, independientes del soporte material en la cual fueron expresadas por el artista.

  • Derechos:

    • De Propiedad “Material”

      • Sobre las piezas de arte, entendidas como objetos. Este derecho permite gestionar el legado a través de:

        • ventas

        • préstamos

        • alquileres

        • donaciones

    • De Propiedad Intelectual:

      • Derechos de Autor.

      • Derechos de Marcas

      • Derechos de la Personalidad (nombre, imagen, voz)

        A través de estos derechos, se gestiona un legado a través de :

        • Cesiones

        • Licencias

    Por eso los contratosse configuran como herramientas esenciales en la gestión del arte.

Como abogado, me apasiona acompañar a quienes gestionan legados artísticos y apoyarlos en sus procesos: conocer estos legados, estudiarlos, entenderlos, organizarlos, catalogarlos, conservarlos, exhibirlos, publicarlos, prestarlos, venderlos, donarlos y en resumen: mantenerlo vivo.

Una gestión eficaz, clara y segura de un patrimonio artístico, permite desarrollar al máximo su potencialidad

Gerd Leufert. Upata, 1966